Chile » Ley de Impuesto a la Renta - Art. 70 - Justificación de Inversiones
Ley de Impuesto a la Renta - Art. 70 - Justificación de Inversiones - http://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/judicial/2000/renta/julio7.htm - Ir 

El contribuyente debe acreditar únicamente el origen de los fondos con que ha efectuado sus desembolsos o inversiones, no siéndole exigible comprobar la disponibilidad de los mismos para efectuar los gastos correspondientes.

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